Revisión de préstamo entre particulares
Prestar dinero a un familiar o amigo sin contrato claro es la receta para perder el dinero y la relación. Reviso el contrato de préstamo para que los intereses, plazos y garantías estén redactados conforme al art. 1753 del Código Civil y queden definidos y puedan valorarse correctamente si surge un impago.
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Qué debe contener un préstamo entre particulares
El art. 1753 del Código Civil define el préstamo de consumo y exige que se devuelva lo recibido. En la práctica, el contrato debe fijar la cantidad, el plazo, los intereses si los hay, la forma de pago y qué ocurre si hay impago.
El art. 1255 del Código Civil permite pactar casi cualquier condición dentro de la ley, así que una redacción clara facilita probar lo acordado y reclamar si se incumple.
Riesgos habituales
- Préstamos sin intereses que luego nadie puede exigir por escrito.
- Plazos vagos («cuando pueda») que impiden reclamar vencimiento.
- Aval o garantía sin describir el bien concreto.
- Falta de firma de ambas partes o de testigos.
- Cantidades entregadas en efectivo sin justificante.
Qué reviso
Que el contrato identifique a las partes, describa la cantidad y su entrega, fije plazo e intereses de forma exigible y regule el impago con consecuencias reales. Si algo falla, te propongo la redacción correcta.
Si ya hay impago
Reviso el contrato vigente y la documentación del impago para valorar tu posición. La reclamación formal suele empezar con un burofax que documente la cantidad, el vencimiento y la petición de pago.
| Cláusula | Qué debe decir |
|---|---|
| Partes | Identidad completa de prestamista y prestatario. |
| Cantidad y entrega | Importe exacto y forma de entrega, con justificante. |
| Plazo | Fecha concreta de devolución o calendario de pagos. |
| Intereses | Tipo, forma de cálculo y consecuencia del retraso. |
| Impago | Reclamación de cantidad, costes y vía de cobro. |
| Garantías | Descripción precisa del bien o aval, si existe. |
Antes de firmar un préstamo entre particulares
- Identifica por completo a quien prestas o de quien pides.
- Fija una fecha de devolución concreta, no una promesa vaga.
- Establece intereses aunque sean simbólicos; ordenan el compromiso.
- Documenta la entrega con transferencia o recibo firmado.
- Incluye el domicilio del prestatario para futuras notificaciones.
- Firma el contrato en dos ejemplares, uno para cada parte.
Preguntas que nos hacen los clientes
¿Un préstamo entre familiares necesita contrato?
Un contrato escrito no siempre es obligatorio, pero facilita probar la cantidad, la entrega y el vencimiento. Sin él todavía pueden servir transferencias, mensajes y otros documentos, que deben valorarse en conjunto.
¿Puedo cobrar intereses a un amigo?
Puede pactarse interés, pero su validez y exigibilidad dependen de cómo se redacte y de los límites legales aplicables. Conviene dejarlo por escrito.
¿Qué hago si no me devuelven el dinero?
Primero revisamos el contrato y la documentación. Después, la reclamación formal con burofax suele ser el paso previo a la vía judicial.
Fuentes normativas
Comprobado el 2026-09-28. Los textos enlazados son los consolidados del BOE.
Del contrato al cobro
Un préstamo bien redactado es la mitad del camino; la otra mitad es reclamar cuando toca. El burofax de reclamación lo preparan juristas en burofaxlegal.es, con guías prácticas en tramitesjuridicos.com.
Próxima apertura
La infraestructura y la información están preparadas. El servicio se abrirá cuando Carla confirme personalmente tarifas, plazos y alcance.